Fines y Actividades

FINES Y ACTIVIDADES DE NUESTRA HERMANDAD


CAPITULO I: FINES

Art.9

Constituye el objeto primordial de la Cofradía alcanzar la mayor gloria de Dios a través del culto público en nombre de la Iglesia a su Sagrada Titular.

Art.10

La cofradía, como asociación pública de fieles, tendrá los siguientes fines:
a) Fomentar, entre sus hermanos y miembros, la devoción y veneración debida a la Sagrada Titular.
b) Perfeccionar e incrementar el espíritu cristiano de la hermandad, que debe presidir en la misma, fomentando una vida cristiana más perfecta.
c) Estimular la participación de los cofrades y devotos en la vida litúrgica de la Iglesia.
d) Suscitar entre sus hermanos el amor a Dios y al prójimo.
e) Cooperar y velar por el aumento del fervor y religiosidad de la procesión, dentro de su peculiar tradición y decoro, impulsando su carácter de manifestación de fe.
f) Promover el culto público, que es el que se tributa en nombre de la Iglesia por las personas legítimamente designadas y mediante actos aprobados por la autoridad de la Iglesia.
g) Cultivar asociadamente la piedad popular cristiana conforme a las orientaciones pastorales de la Iglesia, realizando obras permanentes de asistencia para con lo mas necesitados o colaborar activamente con las que ya se encuentren establecidas por otras instituciones diocesanas o parroquiales.
h) Potenciar la evangelización y formación en la fe de todos sus miembros organizando actos formativos, religiosos y socio-culturales que configuren a la cofradía como una verdadera comunidad cristiana y faciliten el cumplimiento de los fines y objetivos.
i) Ejercer la caridad cristiana.
j) Promover y favorecer la comunión con las demás asociaciones e instituciones de la Parroquia y de la diócesis.
k) Colaborar estrechamente en las actividades pastorales de la parroquia, formando parte del Consejo Parroquial.
l) Celebrar, con la esperanza en la resurrección, las exequias eclesiásticas debidas a los hermanos y devotos difuntos.
m) Cualquier otro que, a juicio de la Asamblea General, resulte congruente con el fin de esta asociación religiosa. La cofradía, podrá incorporar a sus fines propios, otros fines específicos de las asociaciones de fieles.

Art.11

Para conseguir estos fines, la cofradía ayudara a sus miembros a:
a) Fomentar el espíritu de conversión personal.
b) Asumir con espíritu misionero los compromisos apostólicos y caritativos que el campo familiar, profesional y social debe desarrollar todo católico responsable, tanto en la pastoral parroquial como en la diocesana.

Art. 12

La cofradía, para alcanzar los anteriores fines y objetivos:
a) Recaudará los fondos necesarios y gestionará los medios precisos, conforme a las disposiciones de estos Estatutos y según las normas diocesanas y canónicas vigentes.
b) Igualmente, gestionará y defenderá sus intereses ante las instituciones eclesiásticas o civiles.
c) Uno de los medios que la cofradía utilizará para alcanzar los fines señalados en la regla anterior, será conservar, mantener y salvaguardar su patrimonio, en cuanto a bienes eclesiásticos, de acuerdo con las normas de estos estatutos y el código de Derecho Canónico.

CAPITULO II: De las Actividades
Sección 1ra. De la Formación

Art.13
Una de las principales responsabilidades de la junta de Gobierno es cuidar la formación cristiana y religiosa de sus hermanos, perfeccionándola constantemente y actualizándola de forma que éstos estén capacitados para dar razón de su fe y de su esperanza cuando y donde fuere necesario.

Art.14
La cofradía, por sí o conjuntamente con otras, programará cursos de formación para sus miembros, haciendo especial hincapié en:
a) La formación litúrgica para su participación activa, consciente y fructuosa en las celebraciones litúrgicas.